Tarifas Taxi Madrid 2022
Información tarifas taxi de Madrid 2022 publicada por el ayuntamiento de Madrid
Tarifas Taxi Madrid 2022 aprobadas por el ayuntamiento de Madrid. La cantidad a pagar es el importe que figura en el taxímetro más, en su caso, los suplementos correspondientes que únicamente pueden estar contabilizados en los taxímetros con impresora de recibos. Los peajes serán a cargo del viajero, si éste ha ordenado o aceptado el trayecto correspondiente. TARIFAS BÁSICAS El taxímetro empezará a contar cuando el viajero y su equipaje se encuentren debidamente instalados, excepto en los servicios contratados por teléfono, radioemisora o medios telemáticos que inician en el lugar de partida del vehículo. Se unifican las tarifas para toda el Área de Prestación Conjunta de Madrid (APC).
- Tarifa 1: Se aplicará laborables de lunes a viernes de 07 a 21 horas.
- Servicio inicio servicio: 2,50 euros
- Franquicia kilométrica: 0 m
- Precio kilométrico: 1,15 euros/Km
- Precio horario: 22,00 euros/hora
Tarifa 2: Se aplicará todos los días de 21 a 07 horas y sábados, domingos y festivos en el municipio de Madrid de 07 a 21 horas.
- Servicio inicio servicio: 3,15 euros
- Franquicia kilométrica: 0 m
- Precio kilométrico: 1,40 euros/Km
- Precio horario: 25,30 euros/hora
Tarifa 3 (carrera mínima del aeropuerto): Se aplicará las 24 horas de todos los días del año para los servicios con origen en los puntos de parada de las terminales de pasajeros del Aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas y destino en el exterior de la M-30 con recorrido inferior a 9,5 km. Superados los 9,5 km (o tiempo inicial equivalente), el taxímetro continuará contabilizando en la tarifa que le corresponda, teniendo su reflejo correspondiente en el módulo tarifario.
La carrera mínima del aeropuerto no será de aplicación para los servicios concertados.
- Servicio inicio servicio: 20 euros
- Franquicia kilométrica: 9.500 m
- Precio kilométrico: 1,15 euros/Km
- Precio horario: 22 euros/hora
Tarifa 4 (tarifa fija del aeropuerto): Se aplicará las 24 horas de todos los días del año para los servicios con origen o destino en el Aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas y destino u origen en el área interior de la M-30.
- Servicio inicio servicio: 30 euros
- Franquicia kilométrica: 0 m
- Precio kilométrico: 0 euros/Km
- Precio horario: 0 euros/hora
Esta tarifa no admite la suma de ningún suplemento ni de la cuantía fijada para los servicios concertados.
En los servicios concertados, si al llegar al punto de encuentro a la hora convenida no está el pasajero se procederá a iniciar un servicio en la tarifa que corresponda por el día y la hora, quedando el taxímetro computando por precio horario hasta la llegada del viajero, correspondiendo a continuación aplicar la Tarifa Fija.
Los servicios con tarifa 4 se realizarán ajustándose a los siguientes criterios:
- El itinerario será el más directo o adecuado entre el inicio y el final del trayecto.
- No caben esperas ni paradas intermedias, salvo que éstas se produzcan dentro del itinerario más directo o adecuado y durante el tiempo imprescindible para subir o bajar los viajeros. Cuando estas paradas se produzcan desviándose del itinerario más directo o adecuado se considerará final del trayecto la primera parada dentro de la M-30.
- En el caso de sucesivas paradas dentro de la zona aeroportuaria se considerarán incluidas dentro de esta tarifa.
Tarifas 5 y 6, trayectos desde la salida del Área de Prestación Conjunta (APC) hasta el destino fuera de ella.
Se aplicarán las tarifas de la Orden del 17 de diciembre de 2019 de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid sobre régimen tarifario de los servicios interurbanos de autotaxi.
Tarifa 7: Se aplicará las 24 horas de todos los días del año para los servicios con recorrido inferior a 1.450 metros. Superados los 1.450 metros (o tiempo inicial equivalente), el taxímetro continuará contabilizando en la tarifa que le corresponda, teniendo su reflejo correspondiente en el módulo tarifario.
- Servicio inicio servicio: 7,5 euros
- Franquicia kilométrica: 1.450 m
- Precio kilométrico: 1,15 euros/Km
- Precio horario: 22,00 euros/hora
Se aplicará a los servicios con origen en:
- Paradas de taxi situadas en las estaciones de ferrocarril de Atocha y Chamartín.
- Paradas de taxi situadas en las estaciones de autobuses de Avenida de América y Sur Méndez Álvaro.
- Recinto del Parque Ferial Juan Carlos I.
Esta tarifa no será de aplicación:
- Para los servicios concertados.
- Para los servicios con origen en las estaciones y destino en el aeropuerto, en los que se aplicará la tarifa 4.
Posición “A Pagar”: Los taxímetros en la posición “A Pagar” (P) contabilizarán en la función de cálculo del importe basada en la distancia de la última tarifa aplicada del servicio de que se trate.
Precio del salto: El precio del salto o paso del contador será de 0,05 euros.
SUPLEMENTOS:
Viajes en los días 24 y 31 de diciembre que finalicen entre las 21 horas de esos días y las 07 horas del día siguiente: 6,70 euros.
Este suplemento no será de aplicación a la tarifa 4.
CUANTÍA MÁXIMA
Cuantía máxima por servicios concertados (contratación previa de servicios por teléfono, radioemisora o medios telemáticos): hasta 5 euros
A fin de favorecer la mejor gestión de flotas y la mayor competitividad, esta cuantía tendrá como límite mínimo el precio correspondiente al inicio del servicio y como límite máximo 5 euros.
ENTRADA EN VIGOR
El presente régimen tarifario entrará en vigor a las 0.00 horas del día 1 de enero de 2022.
Derechos del pasajero
- Obtener un tique del servicio que contenga los datos mínimos establecidos en el artículo 22 de la Ordenanza Reguladora del Taxi. En caso de avería de la impresora, tendrán derecho a obtener un recibo con los mismos datos que el tique.
- Efectuar el pago del importe del servicio con tarjeta de crédito y débito en los vehículos que dispongan de lectora que lo permita.
- El transporte del equipaje. Asimismo, tienen derecho a que el conductor recoja el equipaje, lo coloque en el maletero del vehículo y se lo entregue a la finalización del servicio.
- Elegir el recorrido que considere más adecuado.
- Recibir el servicio con vehículos que dispongan de las condiciones necesarias en cuanto a higiene y estado de conservación, tanto exterior como interior.
- Solicitar que se suba o baje el volumen de la radio y otros aparatos de imagen y sonido que pudieran estar instalados en el vehículo, o que se apaguen los mismos.
- Solicitar que se encienda la luz interior cuando el usuario tenga dificultades de visibilidad, tanto para subir o bajar del vehículo como en el momento de efectuar el pago.
- Transportar gratuitamente los perros guía.
- Ser atendidos durante la prestación del servicio con la adecuada corrección por parte del conductor.
- Abrir y cerrar las puertas traseras durante la prestación del servicio, siempre que el vehículo se encuentre detenido y las condiciones del tráfico lo permitan, y requerir la apertura o cierre de las ventanillas traseras y delanteras, así como, de los sistemas de climatización de los que esté provisto el vehículo, pudiendo incluso bajar del vehículo sin coste para el usuario, si al requerir la puesta en marcha del sistema de aire acondicionado o de climatización al inicio del servicio, éste no funcionara.
- Elegir en las paradas de taxi, salvo en aeropuertos, estaciones ferroviarias o de autobús, el taxi con el que desea recibir el servicio.
- Solicitar el libro de reclamaciones, en el que podrán exponer cualquier reclamación sobre la prestación del servicio.
- Recibir contestación a las reclamaciones que formule.
- Objetos perdidos P º del Molino 7, (Legazpi) Teléfono: 91 527 95 90
Fuente original: Portal del ayuntamiento de Madrid