calendario libranza taxi Madrid

Calendario de libranzas taxi Madrid 2017

Información para los profesionales del sector, con el calendario de libranzas del taxi en Madrid 2017. También os recordamos la posibilidad de consultar mas información desde el archivo que nos proporciona la web www.madrid.es desde su página de información relacionada con el sector del taxi en Madrid y que podéis descargar desde el siguiente enlace con toda la información:

Descargar calendario libranzas taxi Madrid 2017

1 – FESTIVOS DE LUNES A VIERNES

Taxis libranza día 6 de Enero (viernes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 5 ó 6, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser viernes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1, 3, 7 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 20 de Marzo (lunes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 7 o 8, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser miércoles, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1, 3, 5 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 13 de Abril (jueves)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 3 ó 4, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser jueves, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 0,2,6 y 8 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 14 de Abril (viernes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 5 ó 6, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser viernes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1,3, 7 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 1 de Mayo (lunes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 7 ó 8, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser lunes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 0, 2, 4 y 6 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 2 de Mayo (martes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 0 ó 9, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser lunes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1, 3, 5 y 7 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 15 de mayo (lunes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 7 ó 8, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser lunes,descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 2, 4, 6 y 0 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 12 de Octubre (jueves)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 3 ó 4, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser miércoles, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1,5,7 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 1 de Noviembre (miércoles)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 1 ó 2, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser martes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 4, 6, 8 y 0 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 9 de Noviembre (jueves)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 3 ó 4 a las que les corresponde permanecer inactivas por ser miércoles, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 0, 2, 6 y 8 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 6 de Diciembre (miércoles)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 1 ó 2, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser martes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 3, 5, 7 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 8 de Diciembre (viernes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 5 ó 6, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser jueves, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente.
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 1, 3, 7 y 9 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

Taxis libranza día 25 de Diciembre (lunes)
Los vehículos adscritos a las licencias cuyo ordinal termina en 7 ó 8, a las que les corresponde permanecer inactivas por ser lunes, descansarán obligatoriamente desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del día siguiente
Los vehículos adscritos a las licencias acabadas en 0, 2, 4 y 6 descansarán obligatoriamente de 06h. a 06h.

2 – FINES DE SEMANA (SÁBADOS Y DOMINGOS)

– Las licencias cuyos ordinales terminen en número par permanecerán inactiva obligatoriamente los sábados impares, desde las 06h. a las 01h. del día siguiente, y los domingos impares desde las 06h. de este día hasta las 06h. del siguiente.
– Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar permanecerán inactivas obligatoriamente los sábados pares, desde las 06h. a la 01h. del día siguiente, y los domingos pares desde las 06h. de ese día hasta las 06h. del siguiente.

3 – TURNOS DE DESCANSO DURANTE EL MES DE AGOSTO

– Las licencias cuyos ordinales terminen en número par permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 06h. del día 1 agosto y las 06h. del día 16 de agosto.
– Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar permanecerán inactivas obligatoriamente entre las 06h. del día 16 de agosto y las 06h. del día 1 de septiembre.

Durante el mes de agosto será de aplicación el descanso semanal en régimen ordinario de lunes a viernes por número de licencia, no siendo aplicable el correspondiente a sábados y domingos.
 
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