Sillas para bebes en los taxis

Normativa de sillas infantiles

Normativa sobre los sistemas de retención infantil, como afecta a los taxis

En España, el uso de los Sistemas de Retención Infantil está regulado por la Directiva 2003/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de abril de 2003 por la que se modifica la Directiva 91/671/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el uso obligatorio de cinturones de seguridad en vehículos de menos de 3,5 toneladas.

«Esta Directiva establece que en los vehículos de las categorías M1, N1, N2 y N3 que no estén provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar niños menores de tres años. La misma Directiva establece que los Estados miembros podrán permitir que en su territorio los niños menores de tres años no utilicen un dispositivo de retención para niños cuando viajen en taxi, matizando que, en el supuesto de realizarse esta exención, cuando dichos niños viajen en taxis, sin dispositivo de retención, deberán ocupar un asiento distinto de los delanteros.»

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el reglamento general de circulación, aprobado por un Real Decreto de 21 de noviembre de 2003, completando la transposición al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria de 8 de abril de 2003, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el uso obligatorio de cinturones de seguridad en vehículos de menos de 3,5 toneladas.

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Origen: Normativa de sillas infantiles – RACE

 

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